Este no es un consejo legal y no somos tus abogados. Pero... Por la ley de Derechos de Autor actual, que se hizo efectiva el 1 de Enero de 1978, una obra está automáticamente protegida por Derechos de Autor desde que es creada. Una obra es creada cuando está "archivada" o incorporada en una copia o fonoregistrada por primera vez. Ni el registro en la Oficina de Derechos de Autor, ni su publicación es requerida para la protección de los derechos, bajo esta ley.
De todas formas, hay algunas ventajas cuando registras, incluyendo que se establece públicamente el registro de los reclamos de Derecho de Autor. El registro de los Derechos de Autor debe ser hecho antes de establecer una demanda de infracción. La registración a tiempo puede proveerte un rango más extenso de soluciones en caso de establecer una demanda.
Para más información, visita http://www.copyright.gov/circs/circ50.pdf